Manual para Laicos Franciscanos - Lección Séptima - Escritos Legislativos


Lección Séptima

Escritos Legislativos

1.- Generalidades

Los Escritos Legislativos de San Francisco son 5:

a) La Primera Regla de los Hermanos Menores, o sea, la de 1221.
b) La Segunda Regla de los Hermanos Menores, de 1223.
c) La Regla para los Eremitorios.
d) Fragmentos de la Regla de las Hermanas Clarisas
e) El Testamento

De todos los Escritos de San Francisco estos son los más importantes y los que han tenido mayores consecuencias. Son, también, los más conocidos y los más estudiados. A propósito los dejamos para el final.

La Regla de 1223 fue expresamente aprobada por el Papa Honorio III con la bula "Solet annuere", que en nuestra lengua se traduce "Es costumbre acceder".

Una "Bula" es un documento papal de mucha importancia.

Por haber sido aprobada de ese modo por el Papa, la Regla de 1223 recibe el nombre de Regla Bulada.

En cambio, la Regla de 1221, que no recibió tal aprobación se llama Regla no bulada.

Anterior a la Primera Regla (la no bulada, de 1221) existió una regla "primitiva" que desgraciadamente se perdió y fue la que presentó San Francisco en 1209 a Inocencio III, muy allá al principio de su conversión, cuando la hermandad alcanzaba apenas el número de 12 frailes.

Lo único que sabemos con certeza de esta regla "Primitiva" es que era muy simple y breve, que estaba basada en expresiones del mismo Evangelio, y que -esto es lo más importante- sirvió de núcleo o base para las otras dos reglas posteriores.

Aunque estas reglas fueron escritas directamente para los frailes de la Primera Orden, valen, también, para la Segunda y Tercera Orden u Orden Franciscana Seglar.

Lo importante es el espíritu que contienen.

2.- Los Escritos, en particular.

I.- La Regla de 1221

La Regla consta de un prólogo y 23 capítulos. Se llama Regla de 1221 porque ese año la presentó San Francisco -por Pentecostés- al famoso Capítulo (reunión general de frailes), llamado de las "Esteras" o de los petates, porque en eso dormían los frailes.

Esta regla de 1221 tomó como base la Regla "Primitiva" de 1209. Se fue formando más o menos de la siguiente manera: El número de frailes había aumentado enormemente, pues eran ya varios miles. Aumentaron, también, los problemas y las necesidades.

Cada año -por Pentecostés, generalmente- celebran los frailes junto con San Francisco, Capítulos o reuniones generales para orar y reflexionar y que son su modo de vivir y de trabajar en la Iglesia. Ahí se tomaban acuerdos y se hacían leyes que San Francisco codificó luego en un mismo cuerpo.

Entonces San Francisco mismo encomendó a Cesáreo de Spira, varón peritísimo en la Sagrada Escritura, que adornara con palabras del Evangelio el texto de la Regla que él había escrito con simples palabras.

Es esta Regla no bulada la que mejor demuestra lo que Francisco trasluce el espíritu de San Francisco. No recibió la aprobación pontifica porque nunca fue presentada al Papa.

Algunos frailes se resistieron a aceptarla porque veían que le hacía falta, conforme a las ideas de la época, un estilo más jurídico; y porque le faltaba más cohesión pues contiene varias repeticiones.

II.- La Regla de 1223

Esta Regla esta dividida en 12 capítulos. El texto original se conserva en el Sacro Convento de Asís.

Para escribir esta regla, San Francisco se retiró a unas grutas de Fonte Colombo, en el valle de Rieti, para orar y ayunar. La Regla fue presentada al Capítulo de 1223 y confirmada por el Papa Honorio III, el 29 de noviembre de 1223 con la bula "Solet annuere" ("Es costumbre acceder").

En la elaboración de esta Regla ayudó mucho a San Francisco el cardenal Hugolino, que luego fue Papa con el nombre de Gregorio IX. San Francisco tuvo en cuenta, también, los acuerdos de los capítulos generales.

La colaboración del cardenal Hugolino y la de los frailes sirvió a San Francisco para pulir muchos párrafos, para hacer algunas correcciones de tipo jurídico y para dividir la regla en capítulos.

A pesar de la brevedad y del tono jurídico que a veces toma, la Regla de 1223 contiene plenamente el espíritu de San Francisco y la médula del Evangelio, como él la concibió.

III.- La Regla para los Eremitorios.

Una de las características de la vida franciscana primitiva fueron los Eremitorios eran cabañas o chozas paupérrimas, construidas en las montañas en las barrancas y en los lugares más apartados. Ahí vivían los frailes que deseaban dedicarse a la contemplación en la soledad y lejos del bullicio del mundo.

Los frailes que vivían en un eremitorio debían de ser pocos. Cuatro, a lo más. Debían de turnarse: en una semana dos se entregaban absolutamente ala contemplación, mientras los otros dos se dedicaban al trabajo y a la limosna. la siguiente semana cambiaban. Y así sucesivamente.

San Francisco compuso pues, una Regla para los frailes que llevaban este género de vida. Esta Regla para los Eremitorios la compuso, probablemente, hacia 1223. Es muy simple.

Contiene muy pocas normas. Se concede la máxima libertad. Todo se deja a las iniciativas y necesidades internas de los frailes.

IV.- Fragmentos de la Regla de las Hermanas Clarisas

Se trata de dos pequeñísimos recados, si así pueden llamarse, de San Francisco a Santa Clara y sus religiosas. El primero fue escrito en los comienzos de Santa Clara. En él, San Francisco las exhorta a mantenerse fieles al ideal evangélico y les promete cuidarlas con diligente y especial solicitud.

El segundo, fue escrito en los últimos días de vida de San Francisco. Es como el último grito del padre a que permanezcan fieles a la Santa Pobreza y que no se aparten de ella por ningún motivo ni por consejo de nadie.

V.- El Testamento

Este escrito es, sin duda, la obra cumbre de San Francisco. Por eso lo dejamos hasta el final. Es uno de los escritos más hermosos que hayan salido de la pluma de un hombre. Es una autobiografía del santo, de un valor inestimable. Lo escribió en los últimos días de su vida, a finales de septiembre o principios de octubre de 1226, viviendo ya en la Porciúncula. Es la última voluntad de San Francisco, saturada de recuerdos inolvidables de la primitiva ida franciscana.

Es un llamado postrero a la fidelidad del ideal, hecho por quien ve venir una tormenta de divisiones y herejías sobre la Orden. Está escrito con el estilo sencillo y tosco de San Francisco. Las frases están cortadas y los párrafos comienzan con el "Y", lo que hace suponer el dictado de un ciego que, al no ver lo que ya está escrito, comienza siempre de nuevo.

Se pueden distinguir en el Testamento dos partes principales: una retrospectiva, en que Francisco recuerda su vida mundana, su conversión, la fe que el Señor le concedió para mirar de un modo nuevo todas las cosas, la inspiración que recibió de lo alto para fundar la Orden y escribir la regla y la simplicidad y el candor de la vida que llevó con sus primeros frailes en Rivotorto. La segunda parte, que mira hacia el futuro, la consagra el santo a los frailes. Estas recomendaciones se pueden sintetizar en tres: Que sean fieles a la fe católica y a la Santa Iglesia, que sean fieles a la regla y ala pobreza y que guarden a toda costa la unidad interna de la Orden. El testamento termina con una bendición hermosísima de San Francisco.

Apenas fallecido San Francisco comenzaron las disputas de los frailes sobre si el testamento tenía fuerza de ley, como la regla, y si obligaba en conciencia. Fue una disputa larga y penosa que el papa Gregorio IX (el antiguo Cardenal Hugolino, amigo de San francisco) trató de resolver declarando oficialmente que el Testamento no era una nueva ley, sino una exhortación paternal para observar mejor la regla.

CUESTIONARIO

1.- ¿Cuántos y cuáles son los Escritos Legislativos de San francisco?
2.- ¿Por qué se llama a la regla de 1223, regla "Bulada"?
3.- ¿A qué se llama regla "primitiva"?
4.- ¿Como se fue formando la regla de 1221?
5.- ¿Quiénes ayudaron a San Francisco en la elaboración de la regla de 1223 y para que sirvió su influencia?
6.- ¿Qué eran los Eremitorios y qué clase de vida llevaban los frailes ahí?
7.- ¿En qué tiempo hay qué colocar los dos pequeños "recados" que San francisco envió a Santa Clara?
8.- ¿Cuántas partes se pueden distinguir en el Testamento y de qué trata cada una?
9.- ¿Quién dirimió la cuestión de la obligatoriedad del Testamento y en qué sentido?

Tomado de:
Espiritualidad de San Francisco de Asís
Manual para Laicos Franciscanos
P. Cornelio Moya OFM
Zapopan, Jalisco
1977
1:38:00 a.m.

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