La maternidad subrogada es la forma en que las personas (no sólo las parejas) que no pueden –o no quieren– concebir de manera natural, logran tener descendencia. Se ha hecho “famosa” porque algunos artistas –autodeclarados homosexuales– la han llevado a cabo (Elton John y Ricky Martin, por ejemplo), ante su incapacidad de concebir con mujeres, y no por cuestiones médicas.
Por este motivo y por la enorme cantidad de recursos económicos que es capaz de generar este método, el tema de la maternidad subrogada está ahora en la agenda legislativa de los grupos parlamentarios “progresistas”, tanto a nivel local como federal.
Los promotores de estas prácticas de “vientres de alquiler” suelen disfrazarlas como una opción para las parejas que no pueden concebir y como un acto altruista en el que una mujer “bondadosa” acepta llevar al hijo de otra; sin embargo, aunque puede ocurrir una subrogación con esas características, la experiencia en oros países demuestra que se trata de la minoría de los casos. Además, aunque así fuera, es importante conocer los numerosos riesgos y problemas vinculados con el tema, ante la posibilidad de que se legalice su práctica en el Distrito Federal y en todo el país.
En primer lugar, la maternidad subrogada cosifica a los seres humanos, los vuelve objetos. Los futuros bebés nacidos de esta especie de contrato entre particulares, se convierten, desde que son embriones, en una mercancía que, con la excepción de uno o dos, será desechada, y sólo servirá para asegurar que quienes han contratado el procedimiento puedan tener un hijo. El procedimiento de subrogación, generalmente emplea la creación de varios embriones para ser transferidos a la mujer que los gestará: la mayoría de los embriones muere en el proceso, pero de lograrse y “sobrar”, serán congelados, destruidos o vendidos ilegalmente.
Respecto a las mujeres que los gestan, se convierten en una especie de incubadora puesta a la renta de los deseos de otras personas. Es decir, estas “madres rentadas” mercantilizan su cuerpo al ponerlo a disposición de terceros. Debido a esto, la mayoría de los casos de subrogación no se da entre parejas y mujeres gestantes en igualdad de circunstancias socioeconómicas, sino que, como ocurre en países como la India, parejas adineradas –las que pueden pagar porque el procedimiento es caro– recurren a jóvenes económicamente vulnerables, que ven en la renta temporal de su cuerpo una salida temporal a sus condiciones de pobreza.
En el contexto de este desequilibrio, las mujeres gestantes son susceptibles de números abusos por parte de los padres contratantes y de las clínicas que ofrecen el servicio –pagos no proporcionales a los riesgos físicos y emocionales que la práctica conlleva y de los que nunca se habla–. Por ejemplo, en la India, es común que las mujeres gestantes alquiladas no puedan abandonar las instalaciones de las clínicas en el tiempo que dura el embarazo y tengan que vivir prácticamente privadas de su libertad; también se da el caso de que quienes las contrataron se nieguen a recibir un hijo nacido con alguna malformación o que las abandonen en el hospital ante alguna complicación demasiado costosa que, en muchos casos, llega a poner en peligro su vida.
La maternidad subrogada también genera problemáticas de filiación y derechos de paternidad. En un procedimiento de maternidad subrogada pueden existir dos padres: El que paga por el hijo y el que aporta, en su caso, el material genético (semen). Y hasta tres madres: la que aporta el material genético (óvulos), la que gesta al bebé (renta su ovario, matriz, útero), y la que desea y paga por el hijo.
Estas situaciones obligan a revisar y reflexionar sobre las reglas establecidas en el Código Civil para hacer frente a los conflictos que pueden suscitarse. Es importante subrayar que la maternidad subrogada abre la puerta a situaciones de maternidad sumamente delicadas y complicadas: ¿qué pasa si la mamá gestante se niega a entregar al hijo? ¿Qué pasa si el hijo nace con algún defecto o malformación, y quién lo encargó ya no lo quiere debido a esta situación? ¿Y si nacen gemelos? ¿sólo se paga por uno o aceptan a los dos? De no ser así ¿quién se hace responsable del segundo? ¿Si la pareja que lo encargó se separa o si alguno o ambos cónyuges fallecen durante el período de embarazo, qué pasa con la madre gestante y con el hijo? ¿de quién es el hijo ahora?
Por otra parte, la maternidad subrogada no es un derecho a la salud. Es muy frecuente que los promotores de estas prácticas lo presenten como una política de salud a la que tienen derecho los ciudadanos; sin embargo, tener derecho a los servicios de salud no incluye cumplir el “deseo” –legítimo– de los ciudadanos a tener hijos y que, además, el Estado pague por ello. En pocas palabras, el Estado no puede ser responsable de darle hijos a sus gobernados cuando no puedan o no quieran tenerlos por sí mismos.
En general, podemos decir que:
1. La maternidad subrogada es un método que eligen las personas cuya imposibilidad para procrear no obedece, necesariamente, a razones médicas ni altruistas.
2. El deseo de procrear es legítimo en las personas, no así el comercio de la maternidad. 3. El máximo logro de esta práctica es el nacimiento de un hijo “elaborado” con el material genético, en el mejor de los casos, de los padres que lo encargan, aunque puede no ser así.
4. Es una práctica sumamente costosa que se aprovecha de la vulnerabilidad económica de las mujeres que prestan su cuerpo para gestar.
5. Nuestro sistema jurídico no está preparado para regular y resolver satisfactoriamente las complejas situaciones que surgen de esta figura.
6. La vida y la dignidad humana deben prevalecer por encima de intereses particulares, por legítimos que éstos sean.
* Abogado egresado del Centro de Investigación y Docencia Económica A.C. (CIDE)

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