Se trata de Salvador Alférez, a quien un párroco de la Iglesia de la Santa Cruz en Écija (Sevilla) le negó recientemente la posibilidad de ser el padrino de bautismo de su sobrino.
En ese sentido desde la diócesis declararon a ACI Prensa que “ser padrino no es un derecho, sino una responsabilidad delegada de la Iglesia y que ésta concede a algunas personas que cumplen una serie de requisitos, según el Cánon 874 del Derecho Canónico”.
La Arquidiócesis de Sevilla explicó que esos requisitos están relacionados con “llevar una vida congruente con la fe y la misión que va a sumir” y el hecho de que Alférez conviva con una persona del mismo sexo es “una situación que la Iglesia considera irregular”.
Esta condición “se considera un impedimento para ciertas responsabilidades en la Iglesia” como la de ser padrino de bautismo.
“La situación en la que vive no se considera congruente con la fe y con la misión que va a asumir”, precisan.
Casos similares
En julio de 2015 tuvo lugar un suceso similar en Cádiz (España). El Obispado de Cádiz no permitió que Alexander Salinas fuera padrino de bautismo de su sobrino, por no cumplir los requisitos de la Iglesia para serlo.
Desde el Obispado Cádiz y Ceuta precisaron entonces que no ser admitido como padrino o madrina de bautismo es algo que sucede con frecuencia, por no ser considerado idóneo “por su estilo de vida, criterios o incongruencia con la vida cristiana y las disposiciones de la Iglesia”, sin que esto suponga discriminación alguna.
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— ACI Prensa (@aciprensa) 30 de julio de 2015
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