Papa Francisco recuerda novedades del reformado proceso de nulidad matrimonial

VATICANO, 11 Dic. 15 (ACI).- El Papa Francisco ha recordado en un nuevo escrito, fechado el 7 de diciembre y dado a conocer hoy, el cumplimiento y la observancia de la nueva ley del proceso de nulidad matrimonial que entró en vigor el pasado 8 de diciembre, Solemnidad de la Inmaculada Concepción, y que fue anunciado en el mes de septiembre de este año.

En el documento, el Papa afirma que “las leyes que entran en vigor ahora quieren manifestar precisamente la proximidad de la Iglesia a las familias heridas, deseando que la multitud de aquellos que viven el drama del fracaso conyugal sea alcanzada por la obra sanadora de Cristo, a través de las estructuras eclesiásticas, con el anhelo de que se descubran a sí mismos como nuevos misioneros de la misericordia de Dios hacia los otros hermanos, en beneficio de la institución familiar”.

“La entrada en vigor –en feliz coincidencia con la apertura del Jubileo de la Misericordia– de las Cartas Apostólicas en forma de motu proprio “Mites Iudex Dominus Iesus” y “Mitis et Misericors Iesus” del 15 de agosto de 2015, dadas para actuar la justicia y la misericordia sobre la verdad del vínculo de cuantos han experimentado el fracaso matrimonial, presenta, entre otras cosas, la exigencia de armonizar el renovado procedimiento en los procesos matrimoniales con las Normas propias de la Rota Romana, en espera de la reforma de las mismas”, dice el texto.

El Santo Padre escribe además que “el Sínodo de los Obispos, concluido recientemente, ha expresado una fuerte exhortación a la Iglesia, para que se incline hacia ‘sus hijos más frágiles, marcados por el amor herido y perdido’, a los cuales es necesario volver a donar confianza y esperanza”.

“Reconociendo a la Rota Romana, además del munus que le es propio de Apelación ordinaria de la Sede Apostólica, también el de tutela de la unidad de la jurisprudencia (art. 126 § 1 PB) y de subsidio para la formación permanente de los agentes pastorales en los Tribunales de las Iglesias locales”, el Papa establece lo siguiente:

1. En las causas de nulidad de matrimonio ante la Rota Romana, la duda se establece de acuerdo con la antigua fórmula: An constet de matrimonii nullitate, in casu.

2. No se puede apelar contra las decisiones de la Rota en materia de nulidad de sentencias o de decretos.

3. Ante la Rota Romana no se admite el recurso por la nova causae propositio después de que una de las partes haya contraído un nuevo matrimonio canónico, a menos que conste la injusticia manifiesta de la decisión.

4. El decano de la Rota Romana tiene la potestad de dispensar por causa grave de las Normas Rotales en materia procesal.

5. Como solicitaron los patriarcas de las Iglesias Orientales, se deja a los tribunales territoriales la competencia sobre las causas iurium relacionadas con las causas matrimoniales sometidas al juicio de la Rota Romana en apelación.

6. La Rota Romana juzgue las causas de acuerdo con la gratuidad evangélica, es decir, con el patrocinio ex officio, exceptuada la obligación moral para los fieles con recursos de entregar una oferta de justicia en favor de las causas de los pobres.

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— ACI Prensa (@aciprensa) diciembre 9, 2015

 

10:02:00 a.m.

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