(AFP/InfoCatólica) El tribunal hizo esta consideración al revocar la prisión preventiva contra trabajadores de una clínica en Rio que fueron detenidos cuando estaban practicaban un aborto clandestino en 2013, informó el alto tribunal en un comunicado.
En Brasil, el aborto es un crimen que puede conllevar de uno a tres años de cárcel, pero está permitido en tres casos: embarazo de un feto con malformaciones cerebrales, embarazo con riesgo de muerte para la mujer y, desde 1940, embarazo debido a una violación.
«Este fallo no es necesariamente vinculante, vale sólo para este caso pero puede ser usado como precedente para otros», dijo a la AFP una fuente del STF.
Mismos argumentos que el lobby abortista
El alto tribunal tomó la decisión considerando que la criminalización del aborto «viola diversos derechos fundamentales de la mujer» y tomando en cuenta también la «proporcionalidad» del castigo.
Los argumentos de los jueces fueron los siguientes: la criminalización es «incompatible con los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, que no puede ser obligada por el Estado a mantener una gestación no deseada»; va contra su autonomía ya que «debe conservar el derecho a de tomar sus decisiones existenciales»; va contra «la integridad física y psíquica de la gestante» y también contra la «igualdad».
«Prácticamente ningún país democrático y desarrollado del mundo trata la interrupción de la gestación durante el primer trimestre como un crimen», enfatizó el tribunal poniendo como ejemplo a Estados Unidos, Alemania o España.
Los diputados, mayoritariamente provida
La Cámara de Diputados brasileña, de mayoría conservadora, había protagonizado ya discusiones sobre el aborto encaminadas a dificultar el aborto en casos de violación, obligando a las mujeres a someterse a exámenes médicos tras haber sufrido ese abuso.
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