Según la misiva publicada el 26 de abril, el “Caso 34-19-IN, junto con las otras demandas acumuladas, fue, en los últimos días, avocado a conocimiento por la jueza constitucional ponente”.
El Caso 34-19-IN es una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en la cual la Corte realizará el análisis constitucional referente al aborto no punible. Esta demanda se presentó el 18 de noviembre de 2019.
La CEE expresó sus preocupaciones por las acciones que pueda tomar la Corte, teniendo en cuenta que el “aborto voluntario o inducido es un tema muy complejo no solo por la implicaciones médicas, jurídicas y éticas, sino también porque en él convergen varias realidades”.
Entre esas realidades confluyen “la vida de la madre gestante, la vida del niño por nacer, el personal que lo practica, los promotores, los intereses económicos de farmacéuticas y clínicas, los objetivos políticos y sociales de organizaciones nacionales e internacionales, las consecuencias físicas, psicológicas, éticas y sociales de las víctimas y de sus cómplices (síndrome post-aborto)”, precisó la CEE.
Los obispos afirmaron que el “crimen de la violación, por otra parte, no se soluciona con otro crimen: el aborto”.
“El violador debe ser tratado con el máximo rigor de la ley, más aún si es alguien cercano a la víctima, como un pariente, un amigo o un conocido. Caso contrario, se estaría favoreciendo la impunidad del agresor. Además, no hay una sola mujer en prisión por aborto; y menos aún si es adolescente, quien tiene otro proceso jurídico”, explicaron.
En la misiva la CEE recordó que la “competencia fundamental de la Corte Constitucional es el control, interpretación constitucional y la administración de justicia en esta materia, quedando solo reservada a la Asamblea Nacional la tarea de legislar, y más particularmente el tipificar (o destipificar) infracciones y establecer las sanciones correspondientes (Art. 132 de la Constitución)”.
“La despenalización del aborto por violación, por consiguiente, debe ser interpretada en el contexto de todos los derechos humanos, incluido el primero y fundamental: el de la vida desde la concepción, a través de un debate amplio entre todos los representantes directos del pueblo ecuatoriano, presentes en la Asamblea Nacional”, explica la carta.
En ese sentido, los obispos de Ecuador también recordaron que la despenalización del aborto por violación ya ha sido “debatida y rechazada varias veces en los últimos meses por la Asamblea Nacional y vetada por el Ejecutivo”.
“Por tanto, una eventual decisión de la Corte Constitucional en esta línea vendría a desconocer del todo el profundo debate y preocupación que este tema levantó en la Asamblea”, señaló.
En otro punto de la carta, los obispos indicaron que “no es oportuno” que la Corte Constitucional dé trámite a un tema tan delicado como la despenalización del aborto por violación, ya que el país se encuentra medio de la crisis sanitaria y de una transición de gobierno.
“Amparados en la Constitución Política del Ecuador y en las normas internacionales suscritas y ratificadas por nuestra nación, apelamos a la conciencia de los Honorables Magistrados de la Corte Constitucional, para que –en este momento histórico de mayor sensibilidad hacia lo auténticamente humano– sepan marcar una pauta de acción ética, humana y solidaria, a través de sus decisiones”, pidieron los obispos al final de su misiva.
La despenalización del aborto ha sido rechazada en Ecuador en 2019 y 2020. En el primer caso la Asamblea Nacional rechazó despenalizar esta práctica para casos de violación, incesto y malformación del bebé en el vientre materno, en el marco del debate de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La segunda victoria provida se dio en septiembre del 2020, cuando el presidente de Ecuador, Lenin Moreno, vetó el polémico Código Orgánico de Salud (COS), que había sido aprobado el 25 de agosto de ese año por la Asamblea Nacional. La norma también pretendía abrir las puertas al aborto, los vientres de alquiler y la enseñanza de la ideología de género a menores.
Publicar un comentario