El tiempo que un sacerdote puede permanecer en una parroquia depende de la diócesis y el obispo local y suele ser de varios años
Cuando se anuncian las asignaciones de sacerdotes cada año, muchos se preguntan cuánto tiempo puede permanecer un sacerdote en una sola parroquia.
El Código de Derecho Canónico favorece la estabilidad del párroco, estableciendo como ley que los párrocos sean asignados por tiempo “indeterminado”.
Un pastor debe poseer estabilidad y por lo tanto ha de ser nombrado por tiempo indefinido. El obispo diocesano puede nombrarlo por un período determinado sólo si la conferencia de obispos lo ha permitido por decreto.
Canon 522
En 1984, la conferencia de obispos católicos de Estados Unidos hizo un decreto complementario que limitaba la asignación inicial de un pastor a seis años.
Los ordinarios individuales pueden nombrar pastores para un mandato de seis años. La posibilidad de renovar este plazo se deja a la discreción del obispo diocesano.
Sigue en vigor la disposición primaria del canon 522 de que los pastores pueden ser nombrados por tiempo indefinido.
Reducir el tiempo en una parroquia: pros y contras
A veces, un obispo transferirá a un pastor antes de que se complete su mandato de seis años. Esto puede deberse a varias razones y está permitido por el derecho canónico.
Los límites de mandato se ven como un medio para limitar el desarrollo de un culto malsano que puede rodear a los sacerdotes populares, mientras que otros argumentarían que un límite de mandato no permite que un sacerdote se familiarice con su rebaño, obligándolo a mudarse cada pocos años.
Cualquiera que sea el caso, depende del obispo local y de las necesidades pastorales de cada diócesis.
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