La inauguración del Año Santo, o Año Jubilar, tuvo su signo principal con la apertura de la Puerta Santa, o Puerta del Perdón. Ese gesto resume el sentido del Año Santo, que no es otro que la conversión, la reconciliación del pecador con Dios.
Por lo tanto, como explica el Arzobispado por medio de un comunicado que puede consultarse en su sitio web, el Año Santo “es un tiempo en el que la Iglesia concede singulares gracias espirituales a los fieles”.
El Año Santo Compostelano se celebra cada vez que el 25 de julio, conmemoración del martirio de Santiago, cuya tumba se custodia en esta Catedral, coincide en domingo, algo que se produce periódicamente cada 11, 6, 5 y 6 años.
Para poder ganar el Jubileo, y obtener la indulgencia plenaria, se necesitan cumplir tres condiciones: visitar la tumba del Apóstol Santiago en la Catedral y rezar una oración; recibir el Sacramento de la confesión quince días antes o quince días después de visitar la tumba; comulgar. Además, la indulgencia se puede aplicar a los difuntos.
Por su parte, los sacerdotes podrán confesar en la Catedral y en las parroquias de la ciudad de Santiago de Compostela y en el Monte del Gozo. También podrán absolver “censuras” excepto las reservadas a la Santa Sede, y conmutar y dispensar votos en las condiciones establecidas por la Iglesia.
Por último, desde la Archidiócesis de Santiago de Compostela se insiste en que “ni la Gracia del Jubileo ni la peregrinación están vinculadas, de suyo, a la Compostela”, el documento acreditativo que se entrega a los peregrinos que han realizado el Camino de Santiago.
Se recuerda que el Jubileo, y por la tanto la indulgencia plenaria, se puede obtener viajando por cualquier medio, no necesariamente haciendo el Camino de Santiago, “y es posible recibir la Compostela sin ganar el Jubileo”.
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